Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una alergia alimentaria se produce cuando la exposición a un determinado alimento desencadena una respuesta inmunitaria anormal. Las reacciones alérgicas pueden producirse rápidamente, a los pocos minutos del consumo o la exposición, o pueden tardar hasta varias horas en aparecer; esta respuesta inmunitaria anormal puede causar a la persona que la padece desde estornudos, ojos llorosos, secreción nasal, picor en la piel y erupción cutánea, hasta reacciones denominadas anafilácticas que son potencialmente mortales.
Más de 32 millones de personas a nivel mundial padecen al menos una alergia alimentaria, entre ellas alrededor de seis millones de niños (revista Journal of the American Medical Association), aproximadamente dos niños por aula (escuela). La información desprendida de este estudio revela que factores como la genética, el medio ambiente y actualmente otros factores como el cambio climático y la forma de cultivo y envasado de alimentos están contribuyendo al creciente número de alergias.
Las principales alergias alimentarias son la leche y sus derivados, huevo, frutos secos, pescado, crustáceos, moluscos, cacahuate, soya, trigo (gluten) y ajonjolí.
Gran parte de este sector de la población mundial desconoce puntualmente a qué tipo o tipos de alérgenos puede ser susceptibles; además de realizarse pruebas de alergias, es necesario informar al público por medio del etiquetado de alimentos qué ingredientes y en qué proporciones los están consumiendo.
Declaración obligatoria de alérgenos: ¿Qué indica la normativa?
Conscientes de la importancia del asunto, “los incluyen de manera obligatoria en el etiquetado de los productos alimenticios. Once años más tarde, en 2011, se avanzó en el tema y la regularización impactó también en los alimentos listos para consumir y al sector de la hospitalidad (hoteles, restaurantes, comedores industriales, etc.). Con esta nueva tendencia, se invita a los restaurantes a incluir en sus cartas, o tener disponibles por otros medios, la posible presencia de los alérgenos señalados en la normativa”.
Informar de los alérgenos, punto clave para el control y la prevención de riesgos a la salud
La normativa referente a los alérgenos y su etiquetado. Las personas que padecen alergias o intolerancias alimentarias las pueden evitar fácilmente, ya que, “si el fabricante ha preparado el producto con alguno o varios alérgenos, tiene la obligación de incluirlo en el etiquetado”. En el caso de la normativa europea, se puede observar un etiquetado inequívoco en el modo en que se declaran los alérgenos: “En los alimentos envasados, la información sobre los alérgenos deberá aparecer en la lista de ingredientes, debiendo destacarse mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes (p. ej., mediante el tipo de letra, estilo o color de fondo). En ausencia de una lista de ingredientes debe incluirse la mención “contiene”, seguida de la sustancia o producto alérgeno”.
Etiquetado precautorio vs. trazas de alérgenos
Durante el procesamiento de alimentos y si no se tienen los controles adecuados, puede haber contaminación cruzada y puede ser difícil identificar la presencia de trazas de compuestos alérgenos. En algunos países europeos, como España, desarrollaron lo que se llama el etiquetado precautorio de alérgenos, “a través de este etiquetado, el consumidor queda informado de una posible presencia no intencionada e inevitable de un alérgeno, identificada por la leyenda puede contener trazas de…”.
Debemos continuar avanzando y profundizando en la información sobre alérgenos, en la medida en la que se normalice dicha información estaremos salvando vidas y ofreciendo mejores oportunidades de mejora en la calidad de vida de las personas que padecen alergias alimentarias.
Por: Karla Díaz